Artículo 245
Corresponde al Secretario General:
I. Someter al acuerdo de los Presidentes de la Mesa Directiva, de la Comisión de Régimen Interno y de la Comisión de Planeación, los asuntos conferidos a la Secretaría;
II. Desempeñar las comisiones y funciones que los mismos le confieran y mantenerlos informados sobre el desarrollo de las actividades;
III. Proponer a la Presidencia de la Mesa Directiva y de la Comisión de Régimen Interno, los proyectos de ley, decretos, reglamentos, convenios, acuerdos, manuales y demás disposiciones que tengan por objeto mejorar el funcionamiento administrativo de la Legislatura;
IV. Acordar con los titulares de las direcciones y de las unidades administrativas a su cargo, así como con los demás servidores públicos de la Legislatura, los asuntos de su competencia y darle el seguimiento correspondiente; así como conceder audiencias al público;
V. Instrumentar, previo acuerdo con los órganos de gobierno, los manuales de organización y de procedimientos de las unidades administrativas, así como de los demás documentos normativos necesarios para el eficaz desempeño de sus atribuciones, y
VI. Proponer la creación de nuevas áreas administrativas a los Presidentes de las Comisiones de Régimen Interno y de Planeación, para el mejor desarrollo de las funciones administrativas.
Regresar a