La Comisión de Examen Previo deberá reunirse dentro de los siguientes diez días hábiles para revisar si la solicitud o denuncia se encuentra ajustada a derecho. En caso de que no reúna los requisitos señalados en la Ley y este Reglamento, por mayoría de votos de los miembros de la Comisión, se desechará de plano, informando sobre el particular al Presidente y notificando al promovente.