Artículo 209

El programa presupuestario incluirá los programas prioritarios de cada una de las unidades administrativas, los cuales se referirán de manera específica a las funciones y atribuciones de éstas, pero deberán seguir la misma estructura y los lineamientos generales del citado programa. 

Las unidades administrativas elaborarán sus programas prioritarios y los enviarán a la Secretaría General para que sean integrados al anteproyecto de Programa Presupuestario Anual. 


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