Artículo 138

Corresponde a la Comisión de Atención a Migrantes, el conocimiento y dictamen de los asuntos siguientes: 

I. Los que se refieran a las iniciativas de ley, reformas, adiciones o puntos de acuerdo relacionadas con la legislación en materia de atención a migrantes; 
 
II. De los relacionados con los movimientos migratorios y la procuración de beneficios para el Estado; 
 
III. De las relaciones y asuntos de la Secretaría del ramo; 
 
IV. De la coadyuvancia en la defensa de los derechos humanos de los migrantes zacatecanos; 
 
V. De la atención a las organizaciones de los migrantes zacatecanos en la Unión Americana, y 
 
VI. De lo relativo a la promoción de la inversión de los migrantes en empresas zacatecanas, así como de los relacionados con planes, programas y políticas de apoyo a los mismos. 


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