Artículo 18
El Secretario General entregará, a más tardar el quince de agosto del último año de ejercicio, a la Comisión de Planeación, Patrimonio y Finanzas informe que contenga:
I. Presupuesto ejercido, por ejercer y cuentas pendientes;
II. Inventario de bienes muebles e inmuebles;
III. Plantilla de personal, y
IV. Los demás documentos que den cuenta del estado de la administración de la Legislatura.
La Comisión de Planeación, Patrimonio y Finanzas avalará dicho informe y lo presentará a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política para que forme parte del paquete de entrega-recepción.
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