Artículo 38

Los jueces mixtos conocerán de los asuntos civiles, familiares, mercantiles y penales a que se refieren los artículos 34, 35, 36 y 37 de esta ley, según lo determine el acuerdo de su creación.



Regresar a Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.