Artículo 3

Para efectos de jurisdicción y competencia, el territorio del Estado de Zacatecas se dividirá en el número de distritos judiciales que por acuerdo general determine el Pleno, atendiendo a las necesidades del servicio, a las condiciones geográficas, económicas, sociales y de vías de comunicación que prevalezcan en los municipios que integren cada distrito judicial.

En cada uno de los distritos judiciales, el Pleno establecerá, mediante acuerdos generales, lo siguiente:
 
I. El número, materias de conocimiento o especialidades y límites territoriales de los juzgados de Primera Instancia;
 
II.
Fracción derogada POG 31-12-2014

 



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