Artículo 290

Las y los trabajadores podrán solicitar, por conducto del Tribunal, que la o el titular de la entidad pública les expida constancia escrita que contenga el número de días trabajados y el salario percibido.

Reformado POG 19-12-2009
 


Regresar a Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.