Artículo 12
En lo no previsto por esta Ley, se aplicarán supletoriamente y en su orden:
I. Los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado;
II. Los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo;
III. La jurisprudencia;
IV. La costumbre; y
V. La equidad.
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