Las sanciones aplicables a los servidores públicos señalados en los artículos 148 y 151 de la Constitución Política del Estado, mediante juicio político son:
I.Destitución para desempeñar funciones, empleo, cargo o comisión, y
II.Inhabilitación de uno a veinte años para desempeñar funciones, empleo, cargo o comisión.