Artículo 238
Para la elaboración y expedición del Bando de Policía y Gobierno, los Ayuntamientos podrán guiarse en los siguientes contenidos:
I. Exposición de motivos y estructura lógico-jurídica;
II. Fundamento y objeto del Bando:
a) Fines del Ayuntamiento; y
b) Nombre, Escudo del Municipio y en su caso marcha o corrido.
III. División territorial y ubicación geográfica:
a) Integración del Municipio; y
b) Nombres de los centros de población.
IV. Población Municipal: definición, derechos y obligaciones; vecinos; habitantes y visitantes;
V. Organización y funcionamiento del Gobierno Municipal. Autoridades Municipales: Presidenta o Presidente Municipal, Síndica o Síndico, Regidoras y Regidores; sesiones de cabildo; comisiones; organización de la administración pública municipal; órganos y autoridades auxiliares;
VI. Servicios públicos: definición, integración, organización, funcionamiento, concesión;
VII. Participación ciudadana;
VIII. Desarrollo urbano;
IX. Planeación;
X. Desarrollo Social;
XI. Protección al ambiente;
XII. Seguridad Pública y Tránsito Municipal;
XIII. Protección Civil;
XIV. Permisos, licencias y autorizaciones;
XV. Sanciones y procedimientos: faltas; infracciones; sanciones;
XVI. Recursos administrativos, medios de impugnación; y
XVII. Artículos transitorios.
Regresar a Ley Orgánica del Municipio