Artículo 224
El Plan Municipal de Desarrollo tendrá los objetivos siguientes:
I. Atender las demandas prioritarias de la población en obras y servicios públicos;
II. Propiciar el desarrollo económico y social del Municipio;
III. Asegurar la participación de la sociedad en los programas y acciones del gobierno municipal;
IV. Vincular el Plan Municipal de Desarrollo con los planes de Desarrollo Estatal, Regional y Federal; y
V. Aplicar de manera racional los recursos financieros, para el cumplimiento del plan y los programas.
Regresar a Ley Orgánica del Municipio