Con el propósito de que la Auditoría Superior del Estado esté en posibilidad de efectuar sus funciones, los ayuntamientos deberán remitirle los planes municipales de desarrollo, los programas operativos anuales, los programas de obras y servicios públicos, presupuestos de ingresos y egresos. Asimismo, Ley de Ingresos, Presupuesto de Egresos y copia certificada de la totalidad de las actas de Cabildo, en los términos y plazos que señala la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.