Artículo 5
La organización y funcionamiento de los municipios y sus ayuntamientos se regirán por:
I. La Constitución Federal;
II. Los Tratados Internacionales;
III. La Constitución Política del Estado;
IV. La presente ley;
V. Las leyes y demás disposiciones de carácter general, federal y estatal que les otorguen competencia o atribuciones para su aplicación;
VI. La Ley de Ingresos Municipal y el Presupuesto de Egresos Municipal; y
VII. Los bandos y reglamentos que cada Municipio expida de acuerdo con sus condiciones territoriales, sociales, económicas, capacidad administrativa y financiera.
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