PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO (21 DE FEBRERO DE 2018).

Artículo Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado.

Artículo Segundo. Se derogan todas las disposiciones que contravengan al presente Decreto.


Regresar a Ley de Desarrollo Metropolitano del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.