Los recursos asignados a través del Fondo se destinarán, exclusivamente, a financiar la ejecución de estudios, programas, proyectos, acciones y obras de carácter metropolitano que oportunamente sean presentados. Deberán ser viables y sustentables y serán resultado de la planeación del desarrollo regional y urbano, así como de los programas de ordenamiento de los asentamientos humanos en el territorio, por lo que deberán tener congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo, los planes municipales de desarrollo, los programas regionales, sectoriales, especiales y operativos anuales.