Artículo 42
Los servidores públicos que entregan tendrán la obligación de participar, con toda oportunidad, en el Proceso de Entrega-Recepción, integrando debidamente la documentación e información, así como llenando los formatos que integran el Expediente.
El Expediente deberá contener la información del ejercicio fiscal en que ocurra el Acto Protocolario, atendiendo al cargo o administración por el cual se realiza el Proceso de Entrega-Recepción Institucional o Individual y se integrará, por lo menos:
I. Marco jurídico de actuación;
II. Instrumentos de planeación;
III. Información contable-financiera;
IV. Información presupuestaria;
V. Información programática;
VI. Recursos humanos y estructura orgánica;
VII. Recursos financieros;
VIII. Recursos materiales;
IX. Obra pública y acciones;
X. Relación de asuntos en trámite;
XI. Información sobre cumplimiento de las obligaciones establecidas de la Ley de Transparencia y Acceso de la Información Pública del Estado de Zacatecas;
XII. Libros, bibliografía, expedientes, archivos documentales, digitales y multimedia, medios electrónicos, magnéticos, ópticos o cualquier otro; y
XIII. Actuaciones protocolarias.
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