CAPÍTULO VIII

DE LA INFORMACIÓN, DIFUSIÓN Y VINCULACIÓN DE LA CULTURA Y DEL APOYO A LAS EMPRESAS E INDUSTRIAS CULTURALES

 Reformado POG 16-09-2017



Artículo 34 Bis

El Gobierno del Estado promoverá la creación, desarrollo y consolidación de las micro, pequeñas y medianas empresas culturales, poniendo énfasis en incorporar nuevas tecnologías para fortalecer la vinculación cultural, artística, turística y artesanal.

Adicionado POG 16-09-2017


Artículo 34 Ter

Las organizaciones, asociaciones y unidades económicas de los sectores privado y social que promuevan y generen cualquier proceso o manifestación cultural, así como la preservación, fortalecimiento y difusión del patrimonio, podrán ser objeto de subsidios y estímulos fiscales de carácter estatal y municipal, en los términos de los ordenamientos legales aplicables.

Adicionado POG 16-09-2017



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