Artículo 30

La participación social y ciudadana para el fomento y desarrollo cultural se expresa a partir de la opinión, discusión, proposición, creación, organización, vinculación, y el incentivo, uso y disfrute de las actividades y manifestaciones culturales, por parte de los creadores y de los habitantes del Estado.



Regresar a Ley de Desarrollo Cultural para el Estado y Municipios de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.