Artículo 19

Son autoridades responsables de la interpretación y aplicación de la presente ley:

I. El Ejecutivo del Estado;
 
II. El Director General del Instituto;
 
III. Los Directores de los Institutos Culturales.


Regresar a Ley de Desarrollo Cultural para el Estado y Municipios de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.