Artículo 53
La CEAAD se integrará por los titulares de las siguientes unidades administrativas del INCUFIDEZ:
I. La Subdirección Jurídica, quien fungirá como Presidente;
II. Dirección de Desarrollo del Deporte; y
III. Jefatura del Departamento de Deporte Federado.
La CEAAD funcionará en Pleno y sus determinaciones se tornarán por unanimidad o mayoría de votos.
Los cargos serán honoríficos.
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