Artículo 32
El SIMUDE coordinará sus actividades para aplicar las políticas, planes y programas que en materia de activación física, cultura física y deporte se adopten por el SIEDE.
El Órgano Municipal de Cultura Física y Deporte publicará su presupuesto, programas determinados y sistemas de evaluación, en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado.
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