La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en el Estado de Zacatecas. Su aplicación corresponde al Ejecutivo Estatal, por conducto del Instituto de Cultura Física y Deporte del Estado de Zacatecas, a las Autoridades Municipales y a los sectores social y privado, en los términos que se prevén en la presente Ley.