Artículo 44

Las personas o instituciones públicas o privadas que reciban apoyo por parte del COZCYT para la realización de actividades en ciencia, tecnología e Innovación proveerán la información que se las requiera, señalando aquélla que por derechos de propiedad o por alguna otra razón fundada deba reservarse.

Las personas o instituciones del sector privado que realicen actividades sobre ciencia, tecnología e innovación podrán coadyuvar voluntariamente con el Sistema de Información.
Artículo reformado POG 21-08-2010


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