Artículo 31
El Programa deberá contener, cuando menos, los siguientes aspectos:
I. El entorno y las políticas generales de ciencia, tecnología e innovación en el Estado;
Fracción Reformada POG 21-08-2010.
II. Precisar los Instrumentos jurídicos, administrativos, financieros y de coordinación aplicables para su ejecución;
III. El diagnóstico, objetivos, políticas, estrategias y programación de acciones prioritarias con sus corresponsabilidades en materia de:
a) Las necesidades esenciales para la investigación científica, la tecnología y la innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
b) La investigación, difusión y fomento del conocimiento científico y tecnológico, y sobre innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
c) La vinculación;
d) El Sistema;
e) La formación de investigadores, tecnólogos y profesionales de alto nivel;
f) La infraestructura científica, tecnológica y para la innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
g) La administración y financiamiento de la ciencia, la tecnología y la innovación;
Inciso Reformado POG 21-08-2010.
h) El seguimiento y evaluación;
i) El reconocimiento y estímulo a la comunidad científica; y
j) El estímulo a jóvenes para que se dediquen a las actividades científicas y tecnológicas.
Regresar a Ley de Ciencia, Tecnologia E Innovacion del Estado de Zacatecas