ARTÍCULO 52

El capital social de las Cajas Populares estará constituido por las partes sociales de los socios, las cuales serán obligatorias, constituyendo el capital de riesgo de la Caja Popular y no recibirán intereses.



Regresar a Ley de Cajas Populares del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.