ARTÍCULO 27

Corresponderá al Consejo de Administración hacer la convocatoria de las asambleas generales; pero si tratándose de las ordinarias no hace la convocatoria en la época fijada por los estatutos, o si se rehusare a convocar a asamblea general extraordinaria, cuando así lo solicite el 10% cuando menos de los miembros de la Caja Popular o el Consejo de Vigilancia se rehusare a su vez, la asamblea ordinaria o extraordinaria podrá ser convocada cuando menos por el 10% de los socios.



Regresar a Ley de Cajas Populares del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.