Artículo 76
Son funciones del Consejo Consultivo de las IASP:
I. Proponer medidas para fomentar la participación de la sociedad en las acciones relacionadas con la asistencia social privada;
II. Proponer modificaciones a las políticas, estrategias, programas, proyectos y acciones en materia de asistencia social privada;
III. Opinar sobre los programas, proyectos, acciones y demás actividades de las Instituciones de asistencia social privada;
IV. Proponer acciones para la creación de Instituciones de asistencia social privada;
V. Servir como órgano de enlace entre las Instituciones y el Organismo, y
VI. Atender las consultas que en la materia solicite al Organismo, o las Instituciones.
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