Artículo 33
La Gobernadora o Gobernador del Estado designará y removerá libremente al Comisario.
Para ser Comisario se requiere:
I. Ser mexicano por nacimiento en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos en la fecha de su designación;
II. Tener experiencia profesional en la materia no menor a cinco años, y
III. Tener buena conducta y no haber sido condenado en sentencia ejecutoria por delito intencional.
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