Se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y multa de cien a trescientas cuotas, al que sin contar con la autorización de Impacto Ambiental de competencia estatal, o teniendo dicha autorización, ordene o realice obras o actividades que ocasionen daños o riesgos graves a la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas.