Se aplicará prisión de dos a ocho años, multa de cien a doscientas cuotas, destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación para desempeñar cualquier cargo o comisión en el servicio público hasta por dos tantos del lapso de privación de la libertad impuesta, al servidor público que en el ejercicio de sus atribuciones, inflija a una persona dolores o sufrimiento graves, sean físicos o mentales, con el fin de obtener del torturado o de un tercero, información o una confesión, o castigarlo por un acto que haya cometido o se sospeche ha cometido, o coaccionar a este o un tercero para que realice o deje de realizar una conducta determinada.