Artículo 158

Se aplicarán de seis meses a dos años de prisión y multa de veinte a cuarenta cuotas al que, empleando la fuerza, el amago o las amenazas, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legitimo ejecutado en forma legal.

Reformado POG 04-08-2012


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