Artículo 126

Para los efectos legales se consideran de carácter político todos los delitos consignados en los capítulos precedentes de este título, menos los previstos en los artículos 117, 120 parte final y 122.

No se considerará como delito político aquel que consista en ejecución de actos de terrorismo o contrarios al derecho de gentes.


Regresar a Código Penal para el Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.