La licencia de funcionamiento tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año de su expedición, los interesados que deseen seguir contando con la misma deberán solicitar su renovación ante la tesorería municipal correspondiente, dentro del plazo que va del 15 de noviembre al 5 de diciembre del mismo año.
Para obtener la renovación respectiva, los interesados deberán presentar ante la Tesorería Municipal:
Párrafo reformado POG 30-12-2017
Recibida la solicitud, la Autoridad Municipal verificará que el establecimiento siga cumpliendo con los requisitos previstos en esta Ley y los Reglamentos Estatal y Municipal, además de verificar si el establecimiento ha sido sancionado por incurrir en alguna falta o infracción en contra de esta Ley y sus reglamentos. Si de dicha revisión se desprende la comisión de al menos tres faltas o infracciones, no podrá otorgarse la renovación de la licencia.
Párrafo reformado POG 30-12-2017
La Tesorería Municipal en un plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la recepción de la solicitud correspondiente, formulará un dictamen administrativo en el que se indicará la procedencia de la renovación solicitada, el cual deberá notificarse personalmente al interesado.
Si el dictamen administrativo es favorable, se procederá al pago de los derechos correspondientes, dentro de los cuarenta y cinco días naturales siguientes a su emisión y en forma inmediata se hará la expedición y entrega de la renovación de la licencia de funcionamiento respectiva.
Si el solicitante no obtuviera respuesta de la autoridad municipal transcurrido el término de los treinta días hábiles, se entenderá como autorizada la renovación, comenzando a correr a partir de entonces el plazo de otros cinco días hábiles para que el licenciatario realice el pago de los derechos correspondientes.
Párrafo reformado POG 30-12-2017
La licencia que por más de noventa días naturales deje de operarse sin causa justificada o que teniendo causa para ello, su propietario no avise a la autoridad, perderá vigencia y para reanudar su operación deberá renovarla, haciendo el pago correspondiente ante la tesorería municipal.
El plazo que transcurre desde la terminación de vigencia de la licencia hasta su renovación, será considerado como prórroga ficta a favor del licenciatario, siempre que se hubiere iniciado el trámite respectivo para obtenerla.