Artículo 158

Todo servidor o empleado público, para iniciar el desempeño de su cargo deberá rendir la Protesta de ley, ante quien corresponda, de la siguiente forma:

Se le requerirá: "¿Protestáis desempeñar leal y patrióticamente el cargo (aquí el que corresponda) que se os ha conferido y guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Particular del Estado y las Leyes que de ellas emanen, mirando en todo por el bien y la prosperidad de la Unión y por el bien y la prosperidad del Estado?" Deberá contestar: "Sí protesto". Se le responderá: "Si así no lo hiciéreis, la Nación y el Estado os lo demanden".
 
El Gobernador y el Presidente de la Legislatura protestarán por sí ante la propia Legislatura.


Regresar a Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.