Artículo 175

El Programa Operativo Anual incluirá los programas operativos de cada una de las unidades administrativas, los cuales se referirán de manera específica a las funciones y atribuciones de éstas, pero deberán seguir la misma estructura y los lineamientos generales del Programa Operativo Anual.

Las unidades administrativas elaborarán sus programas operativos y los enviarán a la Secretaría General para que sean integrados al anteproyecto de Programa Operativo Anual.
Reformado POG 12-07-2014


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