PERIÓDICO OFICIAL DE GOBIERNO (15 DE MARZO DE 2017).
Artículo primero.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado.
Artículo segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este Decreto.
Artículo tercero.- La Comisión de Planeación, Patrimonio y Finanzas y la Dirección de Administración y Finanzas de la LXII Legislatura, durante el mes de enero 2017, formularán una propuesta ante la CRICP para otorgar un respaldo financiero que permita al Instituto cumplir con sus tareas institucionales.
Esta misma LXII Legislatura, establecerá una partida específica en su Presupuesto de Gasto para el Instituto de Investigaciones Legislativas a partir del ejercicio fiscal 2018, la cual, será acorde con el Programa de Trabajo del Instituto aprobado por el Pleno de la Legislatura. Comprenderá, principalmente, su gasto corriente, un fondo para promover y participar en actividades académicas, así como el respaldo para la actualización y profesionalización de los investigadores.
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