Si antes de que se dicte el acuerdo de adjudicación, se presenta proyecto de división, se les dará vista a la totalidad de los herederos con el mismo por el término de cinco días para que manifiesten lo que a su derecho convenga. Una vez aprobado el mismo, se dictará el acuerdo de adjudicación y se expedirá el título correspondiente a cada uno de los herederos, dentro de un término que no excederá de 15 días.