El Director procurará mantener el buen orden y exigir que se guarde el respeto y consideración que corresponde, corrigiendo en el acto las faltas que se cometieren, con las sanciones autorizadas por la Ley y si así lo considera, empleando la fuerza pública. Si las faltas llegaren a constituir delitos, se procederá de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal para el Estado.