ARTÍCULO 35

Para la promoción y fomento del turismo, la Secretaría impulsará la organización y la participación en congresos, convenciones, ferias, festivales, exposiciones, excursiones, espectáculos, torneos y, en general, cualquier actividad que permita dar a conocer los atractivos turísticos del Estado, con el objeto de atraer turistas y promotores turísticos.

La Secretaría promoverá la formación de patronatos y asociaciones que coadyuven a la organización de dichas actividades. Dichos organismos recibirán la asesoría correspondiente.


Regresar a Ley para el Desarrollo Turístico del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.