ARTÍCULO 2
1. La interpretación de esta Ley se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático, funcional y a la jurisprudencia o a los principios generales del derecho.
De manera supletoria y en lo conducente, se aplicarán, los siguientes ordenamientos:
I. Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;
II. Ley General de Partidos;
III. Ley del Sistema de Medios de Impugnación Electoral del Estado de Zacatecas;
IV. Ley de Participación Ciudadana para el Estado;
V. Ley de Administración y Finanzas Públicas del Estado de Zacatecas;
VI. Ley de Fiscalización Superior del Estado; y
VII. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.
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