Artículo 21

Los Secretarios conducirán sus actividades de manera programada, con base en las políticas, prioridades y restricciones que, para el logro de los objetivos, establezca el Plan Estatal de Desarrollo.

Los Secretarios estarán obligados a coordinarse y proporcionarse la información necesaria entre sí cuando el ejercicio de sus funciones así lo requiera.


Regresar a Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2024.