ARTÍCULO 26

La Secretaría solicitará a la Secretaría de Obras Públicas la delimitación de las áreas de actuación y la determinación de las zonas de uso y destino turístico, observando el programa de desarrollo urbano del Estado y los planes estatal y municipales de desarrollo urbano.

Regresar a Ley para el Desarrollo Turístico del Estado de Zacatecas
Dirección: Fernando Villalpando 320, Zacatecas Centro, 98000 Zacatecas, Zac.
Teléfono: 492 922 8813
Aviso de privacidad
© Poder Legislativo del Estado de Zacatecas 2025.