Artículo 69

La Presidencia del Consejo Juvenil será un cargo honorífico, que asumirá el Director General del Instituto como parte de sus responsabilidades, pudiendo designar un suplente que lo represente.

Reformado POG 22-04-2017

La Secretaría General será, también, un cargo honorífico, el cual corresponderá al Presidente la Comisión, pudiendo designar un suplente que podrá ser un secretario de la propia Comisión.


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