SECCIÓN ÚNICA
Artículo 18
Las obligaciones de los jóvenes son las siguientes:
I. Cumplir y respetar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales, las Leyes Federales, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, las Leyes Locales, la presente Ley y demás ordenamientos aplicables;
II. Asumir su propia formación, a través de la convivencia, la tolerancia, la democracia y el compromiso social;
III. Procurar el afecto, el respeto, la tolerancia, la responsabilidad mutua y evitar todo tipo de maltrato y violencia en el seno de la familia, así como en el ámbito educativo y social;
IV. Procurar vivir en un ambiente social libre de todo tipo de violencia;
V. Participar responsablemente en la vida interna del instituto político del que sea militante;
VI. Participar responsablemente en la vida política del Estado;
VII. Respetar la libertad de expresión, la militancia política y procurar la observancia de la legislación vigente; de la misma forma, al momento de ejercer su libertad de expresión, respetar en todo momento la propiedad privada, pública y el derecho de tránsito de los demás ciudadanos;
VIII. Ejercer su sexualidad respetando las garantías de seguridad y libertad sexual de terceros, así como procurar recibir educación sobre ella, para prevenir enfermedades venéreas, embarazos no deseados, abuso o violencia sexual;
IX. Informarse sobre los efectos y daños irreversibles a la salud producidos por el alcohol, el tabaco, enervantes, fármacos o cualquier otra sustancia ilícita;
X. Procurar participar en programas de capacitación y adiestramiento para el empleo y su formación profesional;
XI. Participar en tiempo y forma en los programas de becas que el Ejecutivo y los Ayuntamientos implementen;
XII. Usar de manera responsable las tecnologías de la información, procurando estar en constante actualización para su desarrollo integral y evitando conductas ilícitas;
XIII. Hacer buen uso de los recursos y estimulas fiscales a los que se hagan acreedores;
XIV. Evitar, en todo momento, la deserción educativa y, en su caso, contribuir a la erradicación del analfabetismo;
XV. Ejercer sus derechos culturales con respeto pleno a las diversas manifestaciones y expresiones;
XVI. Hacer un uso adecuado de los espacios culturales y deportivos;
XVII. Conocer y divulgar en la sociedad todas las manifestaciones y expresiones culturales;
XVIII. Guardar el debido respeto a las autoridades legalmente constituidas, así como a los símbolos patrios que forman parte de la identidad nacional y del Estado de Zacatecas;
XIX. Asumir el proceso de la propia formación académica, cívica y cultural con responsabilidad y honestidad;
XX. Aprovechar adecuadamente las oportunidades educativas y de capacitación que brindan las distintas instituciones;
XXI. Promover la armonía social mediante la práctica de los valores personales, familiares y cívicos velando siempre por el interés de la sociedad;
XXII. Respetar la cultura, tradiciones y origen histórico, étnico o racial del pueblo zacatecano, buscando en todo momento una mayor identidad con las raíces autóctonas de la Entidad;
XXIII. Respetar los bienes públicos y privados, la conservación del patrimonio cultural y natural de la Entidad, así como la participación en programas de mantenimiento y conservación de dicho patrimonio;
XXIV. Procurar la disminución del consumo de alimentos considerados de bajo contenido nutricional;
XXV. Promover la convivencia pacífica y la unidad entre los jóvenes;
XXVI. Contribuir, en la medida de sus posibilidades, a la economía familiar;
XXVII. Evitar que dentro de su hogar ocurran actos de discriminación, abuso, aislamiento o violencia familiar, contra cualquier miembro de la familia, así como en el ámbito educativo y social;
XXVIII. Contribuir a la conservación y mejoramiento del medio ambiente; y
XXIX. Respetar los derechos y garantías de los demás.
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