Artículo 19

En caso de que los directores, subdirectores, coordinadores, subcoordinadores o jefes de unidad incurrieran en malos tratos hacia su personal, el Secretario General impondrá la sanción que corresponda, tomando en cuenta la gravedad de los actos y escuchando las manifestaciones de ambas partes, con independencia de la sanción que pudiera derivar de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.



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