La Secretaría de forma conjunta con los Ayuntamientos, realizarán acciones para evitar, y en su caso, controlar los procesos de deterioro y contaminación en las corrientes y cuerpos de agua de jurisdicción estatal y en caso necesario, se coordinarán con la Federación en los términos de la Ley General.
Artículo reformado POG 23-03-2013