Corresponde a los consejos consultivos estatales o municipales:
I. Dar asesoría para el diseño, aplicación y evaluación de los programas estatales en relación con el medio ambiente y aprovechamiento de los recursos naturales;
II. Proponer y realizar recomendaciones sobre políticas, programas, estudios y acciones específicas en materia de medio ambiente y aprovechamiento de los recursos naturales;
III. Promover la consulta y deliberación pública y la concertación social sobre los planes, programas y presupuestos necesarios para el desarrollo sustentable de los recursos naturales;
IV. Elaborar recomendaciones para la adecuación de leyes, reglamentos y procedimientos, sobre materia ambiental, acordes al contexto social que vive el Estado y obtener así un mejor aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y el mejoramiento ambiental, y
Fracción reformada POG 23-03-2013
V. Coordinarse con organismos nacionales, regionales, estatales y municipales para intercambiar experiencias.