Artículo 52

El Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos promoverán la creación de espacios de sensibilización, información y educación ambiental en los medios masivos de comunicación. Los contenidos de dichos espacios, serán desarrollados por especialistas de los diferentes sectores sociales relacionados con la educación ambiental.

Artículo reformado POG 23-03-2013



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