Artículo 1

La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el Estado de Zacatecas. Tiene por objeto establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para proteger los derechos e intereses de los sujetos que intervengan, de manera directa o indirecta, en el procedimiento penal, o bien, de los que tengan algún tipo de relación afectiva o vínculo de parentesco con la persona que interviene en aquel. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales y demás leyes aplicables.



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